La Directiva 2002/91/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, relativa a la eficiencia energética de los edificios establece la obligación de poner a disposición de los compradores o usuarios de los edificios un certificado de eficiencia energética que deberá incluir información objetiva sobre las características energéticas de los edificios. De esta forma se podrá valorar y comparar su eficiencia energética, con el fin de favorecer la promoción de edificios de alta eficiencia energética y las inversiones en ahorro de energía.

Es decir desde Junio de este año existe la obligación, de que cada vivienda que salga al mercado, ya sea en venta o en alquiler, cuente con este certificado de eficiencia energética cuya validez es de un máximo de 10 años, sólo quedan excluidos los edificios y monumentos protegidos, los utilizados como lugares de culto o los edificios de viviendas que sean objeto de un contrato de arrendamiento por tiempo inferior a cuatro meses al año.

Cada vivienda tendrá una etiqueta similar a las que ya se utilizan en los electrodomésticos y que indica lo eficiente que es en cuanto al consumo de energía.

El propietario de la vivienda, o local será el responsable de obtener este certificado para poder vender o alquilar su casa.

Además del estudio para obtener el certificado, cada vivienda analizada recibirá además una serie de recomendaciones de mejora que permitirían aumentar al menos un nivel en la escala de eficiencia energética.

El certificado de eficiencia energética ha de ser otorgado por un técnico habilitado para la realización de proyectos de edificación o de sus instalaciones térmicas, en base a un programa informático de certificación reconocido oficialmente.

Se analiza la envolvente del edificio, es decir las fachadas, cubiertas y medinerías, los sistemas de iluminación, bombeo y generación térmica, así como la ventilación, entre otros, mediante una simulación, se valora lo eficiente que es una vivienda en cuanto a su consumo de energía.

En Reformadísimo puede contratar la obtención de dicho certificado, y si decide realizar su obra con nosotros sólo tiene que solicitarlo y se lo proporcionamos sin cargo alguno. Además le informaremos de cómo mejorar la nota de su inmueble, que no sólo revertirá en un mayor valor del mismo, si no que además mejorará cuantitativamente el confort de sus usuarios, y disminuirá el importe de sus facturas de electricidad, gas o gasóleo. Si la vivienda se construyó con anterioridad al año 2007, fecha en la que entró en vigor el CTE de la edificación, probablemente tenga un rendimiento energético bajísimo, por lo que, para estos casos indudablemente merece la pena mejorar el grado de eficiencia energética, ya que el coste es muy bajo en comparación con los beneficios obtenidos.

Contenido validado por María Luisa De La Rubia
Socia Fundadora en Reformadisimo