Guía
Horario de obras en Madrid 2026: ¿cuándo se puede hacer ruido?

Respuesta corta: en Madrid capital no se pueden hacer obras dentro de una vivienda de 21:00 a 8:00 en días laborables ni de 21:00 a 9:30 los sábados, domingos y festivos.
Dicho al revés: se puede hacer ruido de obra de 8:00 a 21:00 de lunes a viernes y de 9:30 a 21:00 los sábados, domingos y festivos.
Es lo que dice el artículo 47.2.c de la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica del Ayuntamiento de Madrid. La ordenanza no fija una pausa de siesta, y la comunidad de vecinos puede tener sus propias normas.
Cumplir el horario no basta: aunque trabajes dentro de la franja, el ruido que llega a la vivienda de al lado tiene un límite en decibelios, y si tu casa está en Pozuelo, Las Rozas u otro municipio, manda la ordenanza de ese ayuntamiento.
En esta guía te contamos qué dice cada norma, qué hacer si eres tú quien reforma, qué hacer si el ruido es de tu vecino y qué cifras hemos preferido no citar por no haber podido comprobarlas. Última revisión de las fuentes: 28 de octubre de 2026.
En 30 segundos
- De lunes a viernes, obras dentro de la vivienda de 8:00 a 21:00.
- Sábados, domingos y festivos, de 9:30 a 21:00.
- La ordenanza de Madrid no fija pausa de siesta, pero tu comunidad puede tener normas propias.
- Al dormitorio del vecino no pueden llegar más de 30 dBA de día y de tarde, ni 25 dBA de noche.
- Si el ruido es fuera de horario, llama al 092 en el momento.
Qué vas a encontrar
- El horario, de un vistazo
- Obras dentro de casa: el artículo 47.2.c
- Obras en el edificio y en la calle: el artículo 42
- Sábados, domingos y festivos
- La siesta y las normas de la comunidad
- Cuánto ruido puede llegar al vecino
- Si eres tú quien reforma: cómo planificar el ruido
- Si el vecino se queja, o si eres tú el afectado
- Si tu casa no está en Madrid capital
- Fuentes y qué no hemos citado
- Preguntas frecuentes
El horario, de un vistazo
| Tipo de obra | Lunes a viernes | Sábados, domingos y festivos | Dónde lo dice |
|---|---|---|---|
| Obras, mudanzas y traslado de muebles dentro de la vivienda o el local | 8:00 a 21:00 | 9:30 a 21:00 | Artículo 47.2.c de la ordenanza |
| Obras de construcción, reparación o derribo de edificios y obras en la vía pública | 7:00 a 22:00 | 9:00 a 22:00 (la ordenanza dice "sábados y festivos") | Artículo 42.1 de la ordenanza |
Las dos franjas admiten excepciones por urgencia, seguridad o peligro, y el Ayuntamiento puede autorizar por adelantado un horario distinto cuando una obra no puede hacerse de día por necesidades técnicas o de movilidad.
Si tu obra es una reforma dentro de casa, planifícala con la franja más estricta, la de las 21:00.
Todos los horarios de esta tabla son los que recoge el texto publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el 14 de marzo de 2011 y los que repite hoy la sede electrónica del Ayuntamiento.
Obras dentro de casa: el artículo 47.2.c
Es el artículo que afecta a una reforma integral de un piso o de un chalet: demoler tabiques, picar suelos, abrir regatas, taladrar, alicatar.
La ordenanza lo redacta como una prohibición.
Entre las conductas que considera no tolerables están las mudanzas, el traslado de muebles y enseres y las obras en el interior de viviendas o locales "desde las 21.00 hasta las 8.00 horas, en días laborables," y "desde las 21.00 hasta las 9.30 horas, los sábados, domingos y festivos".
Fíjate en que el artículo habla de obras en el interior y de mudanzas. Si tu casa está en un edificio con vecinos, ese es el límite que importa: el ruido de una demolición se transmite por la estructura a los pisos de al lado, de arriba y de abajo.
Por eso, aunque para otras obras la ordenanza llegue hasta las 22:00, para una reforma interior conviene cerrar a las 21:00 y no apurar.


Una reforma integral como la de este piso de 70 m² de Cuatro Caminos (tres meses de obra, cocina de los ochenta y más pasillo del que tocaba) tiene el ruido muy concentrado: demoliciones, retirada de suelos, regatas para las instalaciones.
Ese es justo el tramo de la obra en el que más vecinos te van a escuchar, y el que más ayuda planificar, como verás más abajo.
Si estás pensando en reformar, un arquitecto ve tu casa gratis.
Quiero mi visita gratuitaObras en el edificio y en la calle: el artículo 42
Cuando la obra no es de decoración interior sino de construcción, modificación, reparación o derribo de edificios o infraestructuras, o se hace en la vía pública (andamios en la fachada, un contenedor en la acera, una zanja), la regla es el artículo 42.1.
Estas obras "no se podrán realizar, de lunes a viernes, entre las 22 y las 7 horas o en sábados y festivos entre las 22 y las 9 horas, salvo por razones de urgencia, seguridad o peligro". O sea, de 7:00 a 22:00 entre semana y de 9:00 a 22:00 los sábados y festivos.
El mismo artículo obliga a quien hace la obra a reducir el ruido, por ejemplo con cerramientos, silenciadores o colocando la fuente de ruido dentro de la estructura, y a que la maquinaria cumpla la normativa que le corresponda.
Si una obra necesita trabajar fuera de esa franja porque de día no es posible, hay un trámite de autorización previa en la sede electrónica del Ayuntamiento, con la documentación de la licencia, y cuya ficha oficial indica un plazo de 30 días.
De los permisos de una reforma hablamos en licencias y permisos de obra en Madrid.
Sábados, domingos y festivos
Es la duda que más se busca: "¿se pueden hacer obras los domingos?". Según la ordenanza de Madrid, sí, dentro de la vivienda se puede trabajar los sábados, domingos y festivos de 9:30 a 21:00. Lo que está prohibido es empezar antes de las 9:30 o seguir pasadas las 21:00.
Que sea legal no significa que sea buena idea. El ruido de impacto un domingo por la mañana es el que más quejas genera, y en una comunidad pequeña se recuerda durante años.
Nuestro consejo es dejar los trabajos más ruidosos para los días laborables y reservar el fin de semana, si hace falta, para tareas silenciosas (pintura, montaje de muebles de cocina, colocación de rodapié).
Y recuerda dos cosas: tu comunidad puede tener normas propias y, si no estás en Madrid capital, la ordenanza que manda es la de tu municipio.
La siesta y las normas de la comunidad
En el artículo 47.2.c no hay ninguna pausa de mediodía: la ordenanza de Madrid permite obras a las 14:00 y a las 16:00 siempre que se esté dentro de la franja.
Si has leído que "no se puede hacer ruido en la siesta", viene de otra parte: de los estatutos de una comunidad concreta, de sus normas de convivencia o de costumbre del edificio.
La Ley de Propiedad Horizontal prevé las dos cosas:
El conjunto de propietarios puede fijar normas de régimen interior para regular la convivencia y el uso de los servicios y cosas comunes.
El propietario y el ocupante no pueden realizar en el piso ni en el resto del inmueble actividades prohibidas por los estatutos ni las que contravengan las normas generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
Antes de empezar una obra, pide al administrador los estatutos y las normas internas: si piden avisar con días de antelación, limitar ciertas horas o proteger el ascensor y los elementos comunes, es más fácil cumplirlo desde el principio. Más en comunidades de vecinos y reformas.
Cuánto ruido puede llegar al vecino
El horario es la mitad de la norma; la otra mitad es cuánto ruido llega al piso de al lado. El artículo 16 de la ordenanza fija, para la transmisión a recintos colindantes, los niveles máximos. Para uso residencial son estos (en dBA):
| Recinto de la vivienda vecina | Día | Tarde | Noche |
|---|---|---|---|
| Estancias | 35 | 35 | 30 |
| Dormitorios | 30 | 30 | 25 |
La noche, según la sede electrónica del Ayuntamiento, va de 23:00 a 7:00 en días laborables y de 23:00 a 8:00 en festivos.
Según el texto publicado en 2011, el artículo 16 añade matices: pasillos, aseos y cocinas admiten 5 dBA más que el local al que pertenecen, y las zonas comunes, 15 dBA más que el uso característico del edificio.
No incluimos aquí cifras de decibelios en origen para cada herramienta porque no tenemos una fuente oficial que las respalde.
Traducido a la obra: respetar la franja no te protege si el vecino de abajo recibe un martillo percutor en su dormitorio. Por eso las obras ruidosas se hacen con protecciones, con maquinaria adecuada y avisando.
Si eres tú quien reforma: cómo planificar el ruido
Una obra integral no es ruidosa de principio a fin; lo es en fases concretas. Estos son los pasos que dan menos problemas con los vecinos:
- Avisa antes de empezar. Una nota al administrador y un cartel en el portal con las fechas aproximadas de obra y el nombre de la empresa. Mucha gente tolera bien lo que sabe que acaba.
- Pide el calendario por fases. Demolición, retirada de suelos y regatas son lo más ruidoso y van al principio; después llega un tramo más silencioso de albañilería fina, instalación y acabados. Tener ese calendario te permite avisar con precisión. Cómo se reparte el tiempo lo cuenta cuánto se tarda en una reforma integral.
- Fija con la empresa un horario propio. No hace falta trabajar hasta las 21:00: se puede acordar cerrar antes o concentrar el ruido fuerte en la mañana.
- Protege lo común. Ascensor, portal y escalera con protecciones, y retirada de escombros en las horas que acuerde la comunidad.
- Ten a mano los papeles. La declaración responsable o la licencia, según el caso, y el contacto del administrador.
- Deja un teléfono. Si un vecino sabe a quién llamar, es menos probable que llame al 092.

En Reformadísimo organizamos la obra con calendario por fases y con un arquitecto que la dirige, y en la visita técnica gratuita puedes preguntar qué fases serán las más ruidosas en tu casa. Cómo es el recorrido completo de una obra, mes a mes, está en cómo es vivir una reforma integral.
Si el vecino se queja, o si eres tú el afectado
Estos son los pasos, en el orden en que suelen funcionar, tanto si te quejas tú como si te lo dicen a ti:
- Habla primero, y deja constancia. Una conversación tranquila y un mensaje escrito (WhatsApp, correo, nota) con lo hablado resuelven mucho y sirven de prueba si luego hace falta.
- Comprueba el horario. Si la obra está dentro de la franja (8:00 a 21:00 entre semana, 9:30 a 21:00 los fines de semana y festivos), el problema suele ser la intensidad y la hora concreta: se ajusta con el contratista. Si está fuera, es una infracción de la ordenanza.
- Llama al 092 en el momento. La sede electrónica del Ayuntamiento indica que las molestias entre vecinos "han de hacerse directamente a la Policía Municipal en el momento de producirse". Sin ese aviso en directo, probar luego el ruido es mucho más difícil.
- Avisa al administrador o al presidente. La Ley de Propiedad Horizontal (artículo 7.2) prevé que el presidente, por iniciativa propia o a petición de un propietario u ocupante, requiera a quien realice actividades prohibidas la inmediata cesación, con apercibimiento de acciones judiciales.
- Presenta la denuncia formal. El trámite se llama "Denuncias por ruidos interiores y exteriores" y se presenta en línea por el Registro Electrónico (con identificación y firma electrónica) o presencialmente en las oficinas de registro. No puede ser anónima: hay que dar nombre, dirección y teléfono, y los datos del emisor del ruido.
- Si persiste, la vía civil. Si el infractor sigue, el presidente puede ejercitar una acción de cesación, para lo que necesita la autorización previa de la junta de propietarios. El juez puede ordenar el cese inmediato como medida cautelar y, en la sentencia, el cese definitivo, una indemnización y, según la gravedad, la privación del uso de la vivienda hasta tres años.
Si eres tú quien recibe la queja, lo más útil es enseñar el calendario de obra, mostrar que estás dentro del horario y ofrecer un cambio concreto: mover la demolición a la mañana, avisar con un día de margen, poner protecciones. Casi siempre se resuelve sin llegar a la denuncia.
Si tu casa no está en Madrid capital
La ordenanza de la que hablamos rige dentro del término municipal de Madrid. Cada ayuntamiento del área metropolitana tiene su propia regulación, con horarios que pueden ser distintos.
Esto afecta a muchos de nuestros clientes con chalet o adosado en Las Rozas, La Moraleja (Alcobendas) y otros municipios: en esos casos, comprueba la ordenanza de ruido de tu ayuntamiento y, si vives en una urbanización con normas propias, también esas.
No incluimos aquí los horarios de otros municipios porque no los hemos podido contrastar con sus ordenanzas vigentes; en la visita técnica te decimos qué aplica a tu casa. Si estás valorando el coste de una casa grande, mira cuánto cuesta reformar un chalet en Madrid.
Fuentes y qué no hemos citado
Los horarios y los límites de decibelios salen del texto de la ordenanza publicado en el BOCM y de las fichas de la sede electrónica del Ayuntamiento. Los pasos de la Ley de Propiedad Horizontal salen del texto consolidado en el BOE.
Antes de una obra concreta, comprueba siempre el texto vigente, porque las ordenanzas se modifican.
- Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica de Madrid, BOCM de 14 de marzo de 2011 (artículos 16, 42 y 47).
- Denuncias por ruidos interiores y exteriores, sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid.
- Autorización de ampliación de horarios para obras en el medio exterior y edificaciones, sede electrónica.
- Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal, texto consolidado en el BOE (artículos 6 y 7.2).
Lo que no citamos. En versiones anteriores de esta guía aparecían importes máximos de multas, plazos de resolución de expedientes, zonas de protección acústica especial, jurisprudencia y ordenanzas de otros municipios.
No hemos podido comprobar esas cifras con el texto oficial vigente, así que las hemos retirado en lugar de dejarlas sin confirmar.
Si recibes o pones una denuncia, los importes los fija el Ayuntamiento en el procedimiento sancionador.
Preguntas frecuentes sobre el horario de obras en Madrid
¿Hasta qué hora se pueden hacer obras en un piso en Madrid?
Hasta las 21:00, todos los días. La ordenanza de Madrid prohíbe las obras dentro de una vivienda desde las 21:00 hasta las 8:00 en días laborables y desde las 21:00 hasta las 9:30 los sábados, domingos y festivos (artículo 47.2.c).
¿A qué hora se puede empezar a hacer ruido o a taladrar?
A las 8:00 de lunes a viernes y a las 9:30 los sábados, domingos y festivos. Es el mismo límite que cierra la franja de tarde: nada de obras en el interior de la vivienda entre las 21:00 y esa hora de la mañana.
¿Se pueden hacer obras los domingos y festivos en Madrid?
La ordenanza no las prohíbe: permite las obras dentro de la vivienda de 9:30 a 21:00 los sábados, domingos y festivos. Lo que sí puede limitarlas son los estatutos o las normas de tu comunidad y, fuera de Madrid capital, la ordenanza de tu municipio.
¿Se pueden hacer obras los sábados?
Sí, de 9:30 a 21:00 dentro de una vivienda. Si la obra es en la vía pública o afecta al exterior del edificio, la ordenanza cierra de 22:00 a 9:00 los sábados y festivos.
¿Hay un horario de siesta en el que no se pueda hacer ruido?
En la ordenanza de Madrid, no: el artículo 47.2.c no prevé ninguna pausa de mediodía. Algunas comunidades sí fijan sus propias normas de convivencia, por eso conviene pedir al administrador los estatutos y las normas de régimen interior antes de empezar.
¿Cuántos decibelios pueden llegar al vecino?
Según el artículo 16 de la ordenanza, en una vivienda colindante el ruido transmitido no debe pasar de 35 dBA en estancias y 30 dBA en dormitorios de día y de tarde, y de 30 y 25 dBA por la noche. Cumplir el horario no te exime de respetar esos límites.
¿Qué hago si mi vecino hace obras fuera de horario?
Llama al 092 en el momento en que se produce el ruido: según el Ayuntamiento, las molestias entre vecinos se comunican directamente a la Policía Municipal mientras ocurren. Si se repite, avisa al administrador y presenta la denuncia por ruidos en la sede electrónica del Ayuntamiento.
¿Cuándo se considera horario nocturno?
Según la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid, de 23:00 a 7:00 en días laborables y de 23:00 a 8:00 en festivos. Es el tramo en el que los límites de ruido al vecino son más bajos.
¿Y si mi casa no está en Madrid capital?
Cada ayuntamiento tiene su propia ordenanza de ruido. La de Madrid solo rige dentro del término municipal de la capital; en Pozuelo, Las Rozas, Majadahonda, Alcobendas o Boadilla, consulta la ordenanza de tu ayuntamiento o pregúntanos en la visita.
Si estás pensando en reformar tu casa, pide la visita técnica gratuita: viene un arquitecto, mide la casa y te vas con una fecha para recibir la propuesta, el calendario por fases y el presupuesto partida a partida, sin compromiso.
Cómo trabajamos la obra, horarios incluidos, lo cuenta nuestro método. Si quieres una cifra antes, la calculadora de presupuesto te da un rango orientativo. También puedes escribirnos por WhatsApp al 636 15 46 52.
Carmen María de la Rubia es arquitecta y cofundadora de Reformadísimo, empresa de reformas integrales en Madrid desde 2012 con más de 1.150 obras entregadas y un equipo completo de arquitectos, interioristas y arquitectos técnicos.
Este artículo es información general sobre normativa y no sustituye al asesoramiento jurídico; comprueba siempre el texto vigente de la ordenanza de tu municipio.
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Un especialista en reformas en tu casa, esta semana
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