Seguro que en más de una ocasión te han aconsejado, o has leído, que cuando vayas a hacer una obra es importante firmar antes de nada un contrato de reforma con la empresa que se va a encargar de la obra. Pues sí, no importa dónde o cómo lo hayas escuchado o te hayas enterado, quien te informe de ello tiene razón. La firma de un contrato de reforma es uno de los pasos principales que puedes dar para evitar problemas durante la reforma. Y en caso de que los haya, para tener un elemento de apoyo a la hora de reclamar para revertir la situación.

Todo esto se debe a que en un contrato de reforma figuran, con todo lujo de detalles, todos los datos que deben estar controlados durante una obra. Pero para que sea eficaz, debe reunir una serie de elementos. También ha de firmarse en un momento determinado. Y si no contiene todo lo que se necesita tener controlado, el propietario de la vivienda o el local que se va a reformar puede pedir que se subsanen los fallos o que se añadan los elementos que faltan antes de firmarlo. Pero ¿qué es lo que debe figurar en un contrato de reforma?

Contrato de reforma: cuándo firmarlo

Los contratos de reforma se redactan una vez que se ha llegado a un acuerdo con la empresa de reformas con la que se cuenta para la reforma de una sala o de un espacio. Es decir, para llegar al punto en el que hay que firmar un contrato antes hay que dar varios pasos. El primero, que se produce tras contactar con una empresa de reformas, es generalmente un encuentro con los que serán los responsables de la obra. En este encuentro hay que contarles lo que se quiere hacer, dónde, cómo, etc. Es decir, comentarles las ideas que se tienen en mente para la obra.

Los responsables de la misma que ha designado la empresa recogerán toda la información y harán una visita al espacio a reformar para hacerse una idea de cómo será el proyecto. Una vez hecho esto ya se sentarán a hacer una primera propuesta de reforma, que presentarán al cliente con todo lujo de detalles.

Entonces intercambiarán impresiones y, cuando lleguen a un acuerdo, ya se puede esbozar el proyecto definitivo. Si el cliente está de acuerdo, ya puede empezar el proceso. Pero antes de eso hay que firmar el contrato. Específicamente en ese momento: una vez que se está de acuerdo en todo lo propuesto por quienes van a hacer las reformas y antes de que empiece la obra. Es importante que lo tengas en cuenta.

Qué incluyen estos contratos

Antes de empezar a meter incluso los materiales en el espacio de la obra, hay que redactar el contrato de obra y firmarlo. Pero ¿qué deben incluir estos contratos de reforma? Pues, para empezar, los plazos aproximados en los que se llevarán a cabo las distintas fases de la obra. Para empezar, la fecha de comienzo de las tareas y plazo de ejecución de las mismas.

El contrato también llevará una lista detallada de todas las operaciones que se van a llevar a cabo durante la obra. Por lo tanto, cuando vayas a firmar el contrato tómate tu tiempo para revisar de forma exhaustiva todas las tareas recogidas en él, por si falta alguna. Asegúrate especialmente de que, si alguna tarea es confusa, está bien explicada.

En el contrato de obra también tiene que aparecer su coste total. Si es posible, desglosado por materiales y tareas. De esta manera sabrás, desde el inicio de la obra, lo que te va a costar todo y por qué vas a pagarlo. También debe incluir la forma de pago, y consignar si se va a hacer a plazos y cuando pagar cada uno, o si se va a pagar al contado. Gracias a esto se podrán planificar los pagos y saber exactamente cuándo y cómo hacerlo.

También es recomendable que en el contrato figuren los permisos que se han concedido ya para la reforma, y quién se ha encargado de hacerlo. Por si surge algún problema durante las obras o hay alguna inspección, tener todos estos datos a mano. Aparte de esto puede hacer otra información, como el tipo de materiales que se emplearán y quién se encarga de comprarlos.

Estos son algunos de los principales elementos que deben figurar en un contrato de reforma. Generalmente, la obra no empezará hasta que se haya firmado, y es posible que la fecha esté incluso en el contrato. Debes fijarte bien en ella para saber cuándo empezará todo, y si no está, debes preguntar por ella, y pedir también que a ser posible la incluyan en el contrato de reforma.

Los plazos, bien claros en el contrato

Cuando se lleva a cabo una reforma integral, generalmente la vivienda va a estar inutilizada para poder vivir en ella durante una temporada. En esos casos, a no ser que sea una segunda vivienda, sus habitantes van a tener que buscar otro sitio para residir mientras duran los trabajos. Esto, a no ser que consigan alojarse en casa de familiares o se vayan de vacaciones, les costará dinero. De ahí que ajustarse a los plazos sea importantísimo para la realización de una reforma de gran envergadura.

Eso sí, los plazos de una obra o de un contrato no son inamovibles. Pueden estar sujetos a modificaciones. Eso sí, en este caso has de tener en cuenta que hay que modificarlos en el contrato. Por ejemplo, si en mitad de la obra te das cuenta de que has dejado fuera del proyecto una modificación importante. En este caso, tendrás que comunicárselo a la empresa encargada de la obra para que vea la posibilidad de integrar en la obra lo que pides, y cómo afectará a su desarrollo. Cuando lo tenga claro, lo consignará todo en el contrato de obra, y lo comunicará. Como es lógico, en este caso el plazo se habrá alargado.

Lo mismo sucederá si durante la obra sucede cualquier imprevisto por parte de la empresa. Puede deberse a una escasez de materiales no prevista, al encuentro de obstáculos con los que no se contaba y que van a requerir cierto esfuerzo adicional para retirarlos, etc. La posibilidad de que haya imprevistos graves si se tiene todo bien estudiado con anterioridad no es muy elevada, pero siempre puede pasar, existen vicios ocultos que no se conocen hasta que se empieza la reforma. Por lo tanto, ante cualquier evento, lo más recomendable es sentarse con el propietario del inmueble y comentarle los problemas que hayan surgido. Es importante hacerlo cuanto antes, para que el cliente no se sienta engañado. Lógicamente, los problemas llevarán a una modificación de los plazos y a un retraso que habrá que reflejar en el contrato para que el cliente esté debidamente informado.

Contenido validado por María Luisa De La Rubia
Socia Fundadora en Reformadisimo